miércoles, 7 de noviembre de 2012

El Tribunal Supremo confirma la sentencia del TSJA sobre la legalidad del Plan Parcial del Parque Comercial Gran Plaza


Una vez más, el Ayuntamiento de Roquetas de Mar demuestra la legalidad de una
actuación que pretendió impedir la Junta de Andalucía por mero criterio político

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha hecho firme la
Sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que declaraba
la legalidad del Plan Parcial del Parque Comercial Gran Plaza y anulaba, además, el
dictamen desfavorable del Consejo Consultivo de Andalucía sobre la instalación de la
gran superficie comercial de la Av. Alicún.

La Teniente Alcalde de Roquetas de Mar, Eloísa Cabrera, ha afirmado que “este hecho
demuestra, una vez más, los criterios eminentemente políticos, que siguió el Gobierno
Andaluz para intentar detener la evolución y el desarrollo de nuestro municipio en la
instalación del Parque Comercial Gran Plaza, así como en otras muchas situaciones
dónde se superponen los criterios partidistas de la Junta al beneficio común de los
ciudadanos de Roquetas de Mar”.

Este caso fue abierto tras la admisión de la Comisión Provincial de Territorio y
Urbanismo, en 2003, de un recurso de alzada por parte de Comerciantes del
Poniente a este Plan Parcial, por el que la administración autonómica anulaba dicha
planificación. El Ayuntamiento de Roquetas de Mar y la empresa General de Galerías
alegaron la inadmisibilidad de esta actuación solicitando, además, la anulación de la
resolución desfavorable del Consejo Consultivo a la instalación de la Gran Superficie
Comercial. Ambos términos fueron dictaminados de forma favorable al Ayuntamiento
de Roquetas de Mar y General de Galerías por el TSJA, y ahora refrendado de forma
firme, tras haber interpuesto el recurso de casación la propia Junta de Andalucía, por
el Tribunal Supremo, dando por concluido el proceso judicial al no caber más recurso.
Es más, en la sentencia se deja claro, de forma meridiana y tajante, que el dictamen
desfavorable del Consejo Consultivo se anula por haberse tomado, de parte de este
organismo, “careciendo de elementos jurídicos” que sustenten dicho dictamen, lo que
supone un varapalo tremendo para este órgano, y por extensión, a la misma Junta de
Andalucía.

Eloísa Cabrera ha recordado “que fue el mismo Manuel Chaves, en aquello entonces
Presidente de la Junta de Andalucía, el que anuncio su firme propósito de derruir el
Centro Comercial Gran Plaza, y acabar así con 3.000 puestos de trabajo, que de forma
directa e indirecta, ofrece esta superficie al municipio”, a lo que añadió que “esto era,
como demuestran las sentencias emitidas, un capricho del dirigente autonómico no
sustentable en derecho, ya que, lo único que perseguía era menoscabar la imagen de
Roquetas de Mar, detener su desarrollo y beneficiar a unos municipios frente a otros,
simplemente por el partido que los gobierna, demostrando la deslealtad institucional,
el sectarismo político y el escaso respeto a los ciudadanos”.

La Teniente Alcalde de Roquetas de Mar explicó que “esta nueva Sentencia demuestra,
una vez más, la legalidad y el exquisito respeto con que el Ayuntamiento de Roquetas
de Mar realiza sus actuaciones, siendo esta Sentencia ejemplo de cuantas se han
venido recibiendo de este asunto en concreto, y de otros, de forma genérica, en
cuanto a la planificación urbanística del municipio”. Eloísa Cabrera concluyó afirmando
que “desde el Consistorio somos respetuosos con toda decisión judicial, tanto en los
periodos de instrucción, como en las resoluciones, sentencias y autos que se dicten”,
por lo que solicitó “el mismo respeto a administraciones y partidos políticos, en
todos los casos, ya que son muchos son muy ávidos en emitir opiniones interesadas
y oportunistas en las instrucciones, para luego esconderse tras las resoluciones
judiciales en el silencio más irresponsable, es aquello del viejo dicho, “miente que algo
queda” que tienen por norma diaria políticos sin escrúpulos, sin compromiso y sin la
preocupación que debieran tener por la imagen que pueden generar de su municipio-
a lo que se añadió- que esta sentencia debería servir de ejemplo para otros casos”.

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